El Programa de Reforma y Modernización de las Estructuras Comerciales. aprobado en -el último Consejo de Ministros, sitúa las acciones a promover en el marco de la economía de mercado, con respeto estricto al principio de libertad de empresa. reconociendo a la iniciativa privada como el protagonista fundamental en el ejercicio de la actividad comercial y reservando a la Administración, dentro del principio de subsidiariedad, la función de regulación del marco legal e institucional, así como el prestar apoyo y estímulo a las empresas, según se desprende de las palabras del ministro de Comercio. Juan Antonio García Diez en una reunión informativa a la que asistió también el presidente del FORPPA en representación del titular de Agricultura.A este respecto se contempla como acción específica de la Administración el facilitar recursos financieros y técnicos para la modernización de las empresas comerciales. para la mejora de la comercialización en origen para el -establecim lento de circuitos alternativos en la comercialización de alimentos perecedero, y para la incorpación de nuevas técnicas con especial énfasis al comercio cooperativo y asociado, así como las reformas de comercio integradas.
Como actuación concreta dentro del programa, se incluyen cuatro planes trienales y cinco reales decretos.
El primer plan se concreta en la acción de Mercasa para promover una mayor transparencia en los mercados centrales y promover la función de circuitos comerciales alternativos de productos perecederos. En este sentido se incluyen medidas concretas sobre la mejora de la infraestructura física y funcional de diecinueve unidades alimentarlas. la promoción y puesta en funcionamiento de polígonos de distribución alimentaria y la promoción de sociedades de alimentación.
El plan de modernización y equipamiento comercial comprende un plan de financiación orientado a mejorar la garantía de las empresas canalizar recursos a medio y- largo plazo para inversiones reales v reforzar los mecanismos que permitan la financiación normal del comerciante. Para ello se va a proceder a la adaptación del marco legal mediante la probación de un real decreto por el que se establece el régimen legal, fiscal y financiero de las sociedades de garantía recíproca, la autorización al fresco para participar en este tipo de sociedades y abrir nuevos cauces para la financiación del comercio. A estos efectos se compromete en el presupuesto del Iresco la consignación de un concepto específico dotado con setecientos millones de pesetas. Complementariamente, se compromete por el Gobierno un volumen de -crédito oficial al comercio para 1979 de cuatro millones de pesetas.
El volumen mínimo de recursos financieros que se canalizará hacia el sector distribución en el trienio 1979- 81 será de 32.000 millones de pesetas. generados de modo directo a través del crédito oficial y mediante ayudas directas que sirvan para reducir las cargas de amortización de créditos otorgados por las cajas de ahorro y demás instituciones financieras.
El tercer plan se orienta a impulsar la capacitación técnica del comerciante y trabajador del sector en los tres niveles de operacional, medio ejecutivo.
El último plan trienal se refiere a equiparmentos comerciales de carácter social para la construcción de mercados detallistas, centros comerciales de barrio y peatonización de calles comerciales. Los aspectos concretos consisten en la promoción de 165.000 metros cuadrados de superficie comercial en barrios y nuevos polígonos urbanos en la adquisición de 92.000 metros cuadrados de suelo para ese mismo fin y la construcción y modernización de sesenta nuevos mercados ni minoristas.
Por lo que respecta a los reales está orientado a adecuar la normativa en materia de canales de comercialización de productos agropecuarios y pesqueros para la alimentación; el segundo tiende a ordenar el funcionamiento comercial de los economatos y terminar con los abusos que la gente hace de ellos, lo que repercute negativamente en el resto del comercio: en el tercero se establece una normativa restrictiva sobre apertura de establecl mientos comerciales por personas físicas de nacionalidad extranjera, y por los dos últimos reales decretos se desarrollan las exigencias de los planes trienales anteriormente reseñados.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 28 de julio de 1978