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Las vacaciones judiciales, limitadas al mes de agosto

Las Vacaciones judiciales se reducirán este año al mes de agosto, según un real decreto del Ministerio de Justicia, que publicó ayer el Boletín Oficial del Estado. Hasta ahora, las vacaciones estivales del personal de la Administración de Justicia, fundamentalmente del adscrito A sus órganos más altos, se prorrogaban desde mediados de julio hasta el 15 de septiembre, tradicional fecha de apertura de los tribunales.El real decreto del Ministerio de Justicia obliga a todo el personal judicial a disfrutar su vacación anual retribuida en el mes de agosto, si bien autoriza a disfrutar la vacación en otro mes a quienes hayan de constituir las salas de vacaciones o atender necesidades del servicio en los juzgados. En el real decreto se establece que la reanudación de la actividad de los tribunales tendrá lugar el primer día hábil del mes de septiembre, en cuya fecha se estimarán caducadas las vacaciones de verano

* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 25 de julio de 1980