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REVISTA DE PRENSA

El proyecto de ley de huelga, en huelga

La Constitución española, en su artículo 28, punto 2, reconoce el derecho de los trabajadores para la defensa de sus intereses y señala que una ley regulará -el ejercicio de este derecho. España es el paraíso de las huelgas desde hace seis años, y desde hace tres se espera que el Gobierno dicte y las Cortes aprueben una ley de huelgas para centrar esta cuestión en sus justos, términos. En 1979 y en 1980, el Gobierno hizo un calendario de prioridades legislativas, en los que figuraba, sin mucha prioridad, la elaboración de una ley de huelgas. Nada se ha hecho. Las huelgas de coacción, políticas, inesperadas, salvajes, etcétera siguen produciéndose. Este fin de semana y de mes es un ejemplo. Mientras tanto, se envían a las Cortes proyectos de ley irrelevantes.¿Es que nadie tiene interés en regular las huelgas que desangran la economía, perturban el orden social y entorpecen la vida de los ciudadanos?

25 de julio

* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 26 de julio de 1981