Discrepo con la opinión de este periódico sobre lo que se ha venido en llamar la "militarización de la seguridad ciudadana". La afirmación de que la Policía Nacional, cuya cúpula de mando está dirigida fundamentalmente por militares, ha absorbido todas las competencias de seguridad ciudadana que pertenecían al Cuerpo Superior, desde la entrada en vigor del decreto 669( 84, es fácilmente desmentible. Ese real decreto supuso, por el contrario, la desaparición del Cuerpo de Policía Nacional como entidad corporativa, la marginación de sus mandos (tanto militares como procedentes de la base) y la sublimación del Cuerpo Superior de Policía. Así, establece que "los cargos de la organización policial (desde la Subdirección general hasta el último puesto fronterizo) serán desempeñados por miembros en activo de la Escala de Mando del Cuerpo Superior de Policía (comisarios)". Como se ve, en los diferentes escalones de la organización policial, única para ambos cuerpos, no hay cabida para los mandos de Policía Nacional.Entonces, ¿qué competencias han asumido? Seguimos leyendo: las funciones operativas de seguridad ciudadana, bajo la dependencia del director general de la Policía (actualmente comisario) y la coordinación del inspector general de la Policía Nacional (actualmente un general); asimismo, el mando directo de los servicios de seguridad ciudadana realizados bajo la dirección del comisario jefe.
En conclusión, las presuntas plenas competencias en materia de seguridad ciudadana asumidas por los mandos de Policía Nacional y, en particular, por los mandos procedentes del Ejército, se reducen a la coordinación y ejecución de los servicios, siempre bajo la dependencia y la dirección, respectivamente, de miembros del Cuerpo Superior de Policía.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 11 de abril de 1985