El Tribunal Supremo ha admitido el recurso de casación interpuesto por el letrado Tomás Iglesias, acusador particular en el denominado caso Trebujena, contra la sentencia impuesta al guardia civil Juan Macas Marente, autor de los disparos que acabaron con la vida del joven de 18 años Ignacio Montoya e hirieron a su acompañante, Antonio López, en marzo de 1982 en la localidad de Trebujena (Cádiz). Tras la vista, el guardia fue condenado a un año y seis meses de prisión como autor de un delito de "imprudencia temeraria criminalmente responsable, aunque no doloso".El Tribunal Supremo admitió ocho de los 11 argumentos presentados en el recurso del acusador particular, que se basa en cuatro supuestos de quebrantamiento de forma y siete de infracción de ley. Los argumentos rechazados por el Supremo se refieren al hecho de que durante la vista fueron rechazadas como prueba documental varias notas de prensa emitidas por el Gobierno Civil de Cádiz; a un error en la apreciación sobre las personas que se hallaban en la calle en el momento de producirse los hechos, así como la distancia a que fueron efectuados los disparos, y a la incorrecta aplicación de la eximente de cumplimiento del deber, según la acusación particular.
El caso Trebujena acaeció el 2 de marzo de 1982, cuando la casera de la finca La Dona telefoneó a la Guardia Civil de Trebujena advirtiendo de que dos jóvenes en moto intentaban robar una cabra. Minutos más tarde, el guardia de puerta, Juan Macas Marente, vio pasar delante del cuartelillo a dos jóvenes en moto, a quienes dio el alto, y, al no detenerse éstos, efectuó un disparo al aire y tres sobre la motocicleta. Como consecuencia de los tiros resultó muerto el joven Ignacio Montoya, de 18 años.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 5 de mayo de 1985