La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha declarado que la responsabilidad del Estado abarca los delitos cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad que estén libres de servicio porque deriva únicamente del mal funcionamiento de un trabajo programado sin limitación de horario y cualquier daño que causen éstos debe ser resarcido al margen de toda idea de culpabilidad.
El Supremo mantiene la condena a 15 años de cárcel al guardia civil Dimas Clemente Martínez por el homicidio del camionero belga Henck Eric Haelewyn, contra quien disparó en una discoteca de Irún. El camionero hizo un comentario despectivo a dos guardias que estaban libres de servicio y vestidos de paisano, por ser españoles. Dimas Clemente sacó su arma, apuntó a la cabeza del belga y disparó, causándole la muerte.
La sentencia del Supremo modifica otra de la Audiencia de San Sebastián en el sentido de considerar responsable civil al Estado de la indemnización de 12 millones para los herederos del camionero, dado que la actuación de las fuerzas de seguridad se rige por "una total dedicación siempre, en cualquier tiempo y lugar y se hallen o no de servicio".
La dotación de armamento y la no limitación de horario deben llevar como contrapartida, según la sentencia del Supremo, la responsabilidad de la Administración.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 7 de noviembre de 1991