El cuadro constitucional para Bosnia-Herzegovina aprobado en Ginebra consta de 10 puntos.- La Constitución reconocerá a los tres grupos étnicos mayoritarios como unidades constitutivas del Estado así como a un grupo de otros.
- Bosnia será un estado descentralizado en el que la mayor parte de las funciones serán ejecutadas por sus provincias.
- Las provincias no podrán suscribir acuerdos con Estados extranjeros.
- Habrá plena libertad de movimiento.
- Todos los asuntos de interés vital para cada una de las tres unidades estarán regidos por la Constitución. Toda enmienda constitucional requerirá el consenso de las tres unidades.
- Las provincias y el Gobierno central contarán con Parlamentos y Ejecutivos democráticamente elegidos y un poder judicial independiente.
- Un tribunal constitucional, con un miembro de cada grupo y una mayoría de miembros no bosnios nombrados por la Conferencia Internacional sobre la ex Yugoslavia, resolverá las diferencias entre el Gobierno central y las provincias.
- Desmilitarización paulatina bajo la supervisión de la ONU y la CE.
- Inclusión en la Constitución de los Derechos del Hombre y salvaguardia de los mismos a través de mecanismos internos e internacionales" - La Constitución incluirá mecanismos de supervisión internacional y de control que estarán vigentes mientras las unidades constitutivas así lo decidan mediante consenso.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 20 de enero de 1993