La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo notificó ayer una resolución por la que deniega la nulidad de la conclusión del sumario del caso Marey, solicitada por la acción popular. La decisión, firmada por los 12 magistrados que forman el pleno de la sala, reconoce que legalmente no está permitido terminar un sumario mientras el instructor tenga recursos pendientes de resolver, pero avala el acuerdo del juez Eduardo Móner de 4 de abril último de acabar con "varios meses de tramitación sumarial inútil" a causa de recursos o apelaciones interpuestas.La resolución estima que se trata de "un supuesto muy excepcional" en el que "ante el propósito del instructor de concluir el sumario ello no le ha sido posible por encontrarse siempre pendiente de acordar algo en relación con reformas o apelaciones interpuestas contra resoluciones suyas denegatorias de diligencias solicitadas por alguna de las partes". La sala avala la decisión de Móner de "romper esta situación, acordando tal conclusión pese a existir algo pendiente de resolver por su parte".
Sin embargo, en defensa del derecho a la tutela judicial de los recurrentes, la resolución habilita a Móner para que tramite los recursos, hasta ahora todos ellos rechazados por la Sala Segunda.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 7 de mayo de 1997