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Dos informes oficiales consideran prohibida la caza en Picos de Europa

Sólo el control de las especies justificaría los permisos

Dos informes internos del Ministerio de Medio Ambiente, fechados en abril y mayo pasados, respectivamente, sostienen que la caza deportiva dentro del parque nacional de Picos de Europa es ilegal, salvo que las batidas se justifiquen por razones de control sanitario o excesiva población de las especies que lo habitan. Esta postura coincide con la posición que han defendido los grupos ecologistas.

Los grupos conservacionistas y los partidos de izquierda esgrimían la legalidad vigente para estar en contra de las autorizaciones concedidas para cazar en Picos de Europa en los últimos meses por los tres gobiernos autónomos, del PP, con competencias en este parque nacional (Castilla y León, Cantabria y Asturias). Entre las personas autorizadas a cazar figuraron Antonio Herrero, periodista de la COPE, y Miguel Corsini, presidente de Renfe. Ambos fueron denunciados en mayo por los guardas del parque, lo que alimentó la polémica.La oposición del anterior director de este espacio natural, Javier de Sebastián, a estas prácticas cinegéticas determinó su cese el pasado 22 de abril.

Los dos informes, revelados ayer por el diario La Nueva España, de Oviedo, coinciden en que la caza deportiva en Picos de Europa es ilegal salvo que responda a fines de control demográfico de una determinada especie o a neutralizar algún foco epidémico. El área jurídica y de coordinación de la secretaría general de Medio Ambiente emitió un informe el 1 de abril pasado, a, petición de la dirección del Organismo Autónomo Parques Nacionales, en el que se afirma que, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Picos de Europa (PORNPE), la autorización para cacerías "sólo será viable en la medida en que técnicamente que de garantizado ( ... ) que se trata de realizar un efectivo control de la población de rebeco y que se facilite la participación de la población local".

Un mes más tarde, el 7 de mayo, el servicio jurídico del Ministerio de Medio Ambiente dictó otro informe donde el abogado del Estado firmante sostiene que "puede estimarse prohibida la actividad cinegética en el parque nacional de los Picos de Europa cuando pueda alterar o poner en peligro el equilibrio de los ecosistemas o la integridad de sus componentes físicos o biológicos; cuando pueda dar lugar a la destrucción de una especie; cuando tenga finalidad distinta del control poblacional de las especies, y, en todo caso, en los límites del antiguo parque nacional de la montaña de Covadonga".

El informe de la secretaría general de Medio Ambiente insta asimismo a que se acelere "la elaboración y posterior aprobación y publicación" del Plan Rector de Uso y Gestión de dicho parque -aún en tramitación- "para no dar lugar a vacíos normativos", toda vez que "la regulación de las actividades cinegéticas en el ámbito de Picos de Europa es misión que deberá realizar el Plan Rector de Uso y Gestión".

* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 23 de septiembre de 1997