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El acogimiento de ancianos en casa de parientes tendrá subvenciones

. La Comunidad de Madrid se propone ampliar las modalidades de acogimiento familiar de ancianos subvencionadas a aquellos casos en los que existe un parentesco de tercer grado entre el mayor y sus acogedores (por ejemplo, primos). Hasta ahora era requisito indispensable que entre acogedores y acogido no existiese vinculación familiar alguna. Pero ese sistema ha tenido poco éxito, ya que sólo ha dado origen a 36 acogimientos.

La directora general de Servicios Sociales de la Comunidad, Concha Lostau, reconoce que es muy difícil que un mayor se adapte a vivir con una familia con la que no tiene nada que ver. "Descartamos dar ayudas cuando el parentesco es de primer grado porque el cuidado de los hijos a sus padres es obligado, pero estamos. estudiando modificar la normativa de acogimientos y conceder subvenciones cuando el nexo familiar es más lejano", explica.

"Otra de las modificaciones que queremos hacer es garantizar a las familias acogedoras una plaza en una residencia pública en el caso de que el mayor que vive con ellos pierda su autonomía y deba recibir asistencia confinuada", añade. "Y es que una cosa es estar dispuesto a acoger en casa a un mayor y otra poder atenderle si se convierte en un enfermo crónico o si pierde sus facultades mentales", concluye.

En cada acogimiento, la Comunidad concede la diferencia entre el 70% de los ingresos netos mensuales del mayor y un importe máximo mensual de la ayuda fijado en 89.764 pesetas. Es decir, si un anciano tiene una pensión de 60.000 pesetas debe pagar a la familia 42.000 y la Comunidad colaborará con otras 37.764 (la diferencia entre 42.000 y 89.764). El Plan Regional de Mayores se marca como objetivo llegar a los 200 acogimientos familiares de ancianos el año 2006.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 19 de enero de 1998