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Hacienda limita la deducción por vivienda en el nuevo IRPF

El proyecto de reglamento que desarrolla la ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) que ha entrado en vigor este año pone algunos límites para el acceso a la deducción por vivienda en los primeros años de compra. Estos límites afectan a la cuantía del préstamo y de la amortización.Según establece la ley, la adquisición o rehabilitación de vivienda tendrá el siguiente beneficio fiscal: durante los dos años siguientes a la inversión se podrán deducir de la cuota del IRPF el 25% de las primeras 750.000 pesetas invertidas y el 15% sobre el exceso hasta 1.500.000.

Estos porcentajes de deducción varían en los años posteriores, de forma que se podrá descontar de la cuota el 20% de las primeras 750.000 pesetas invertidas en la compra o rehabilitación de la vivienda y el 15% sobre las restantes hasta 1.500.000. El borrador del reglamento señala que para acceder a las deducciones del 25% y del 20% sobre las primeras 750.000 pesetas será necesario que la inversión se efectúe mediante un préstamo hipotecario concedido por una entidad financiera o por una empresa a sus empleados.

Se requiere también que el importe así financiado suponga, al menos, el 50% del valor del piso o de la cantidad destinada a rehabilitación. Y se exige, por último, que durante los tres primeros años de compra o rehabilitación de la vivienda no se amorticen cantidades que supongan el 40% del importe obtenido como préstamo.

El reglamento del IRPF se aprobará antes de finales de este mes por el Consejo de Ministros para su entrada en vigor este año y en la declaración a presentar en junio del 2000.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 12 de enero de 1999