El Tribunal Supremo ha condenado a un cabo primero a tres meses y un día de prisión por haber extraviado unas gafas de visión nocturna que la sentencia ha considerado "material de guerra". El cabo había sido absuelto por el Tribunal Militar de Sevilla precisamente por considerar que las gafas, que también pueden ser usadas en el ámbito civil, no podían ser clasificadas como "material de guerra". El Supremo anula la absolución y condena asimismo al cabo a indemnizar al Ejército con las 750.000 pesetas que valían las gafas.
Según la sentencia, el cabo primero de la Legión Antonio G., encargado del cuarto de armamento de su compañía, recibió las gafas de visión nocturna modelo Gun-201 Enosa de un sargento que las había utilizado en unas maniobras, y tras comprobar que estaban en el interior de su funda las dejó sobre una mesa en vez de guardarlas con llave en el arcón. Las gafas desaparecieron, por lo que el cabo fue sancionado disciplinariamente con 14 días de arresto por el Jefe del Tercio Según la sentencia de la Sala Militar del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Francisco Querol Lombardero, "es indudable que el concepto de material de guerra es más amplio que el de arma de guerra".
* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 31 de enero de 1999