El juzgado de lo Social número 5 de Sevilla ha rechazado conceder la invalidez absoluta a una mujer, incapacitada para cargar grandes pesos y para hacer esfuerzos importantes, al considerar que el trabajo del hogar que venía desempeñando no requiere "esfuerzos u otra actividad física exigente" o una "gran responsabilidad". La sentencia añade que hoy en día existen numerosos aparatos técnicos que "simplifican grandemente" las tareas domésticas. El pasado enero hubo una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco fundamentada de forma similar.
El informe médico de la demandante sevillana, Josefa R.T., de 60 años, señala que "está incapacitada para grandes sobrecargas y esfuerzos importantes con la mano derecha, así como para trabajos de gran responsabilidad".
El juez considera que el estado de la mujer "no es incardinable" en los supuestos de la Ley General de la Seguridad Social, al conservar una "aptitud laboral residual" para otros trabajos, "toda vez que su profesión habitual como empleada de hogar no es tributaria de tales esfuerzos ni sobrecargas ni conlleva gran responsabilidad". La abogada de la demandante recurrirá la sentencia.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 5 de febrero de 1999