El que el Gobierno considere a los prejubilados sólo parados, desde el punto de vista estadístico,puede ser admisible; no así desde el punto de vista humano, ni siquiera legal. Pues despedir por razón de edad va en contra del artículo 17 del Estatuto de los Trabajadores. Ante estas consideraciones, cualquier acuerdo entre sindicatos y empresa sobre prejubilaciones -refrendado, como es preceptivo, por las autoridades laborales-, implica un compromiso, de hecho, por parte de cualquier Gobierno.
Lo de retrasar la edad de jubilación para mejorar las cuentas de la Seguridad Social crearía un problema político de primera magnitud. Fue lo que les costó el Gobierno a Juppé en Francia y a Berlusconi en Italia. ¿No sería más fácil para todos cumplir el Pacto de Toledo y separar la financiación de la Seguridad Social, cargando los gastos asistenciales a los Presupuestos Generales del Estado?
Mientras no se clarifiquen estas cuestiones, el personal no lo tendrá nada claro y, llegado el momento, no sabrá a quién votar.-
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 21 de abril de 1999