La empresa Forjas de Villalba, SA, ha sido condenada a pagar casi 35 millones de pesetas por su negligencia en un accidente laboral que supuso para uno de sus operarios la amputación parcial de una pierna. Al obrero, cuyas iniciales son M. S. N., le cayó encima de la cadera y la pierna, cuando manejaba una grúa, una pileta que contenía aceite y que pesaba 3.100 kilos. El cable de acero que sujetaba la carga se rompió y la enorme pileta cayó sobre el trabajor. La Audiencia descarga en la empresa la responsabilidad del siniestro. Le atribuye el deficiente estado de la grúa, la cual, según el tribunal, seguía en funcionamiento pese a que había sufrido otras averías con anterioridad. Además, le reprocha que encomendase a este trabajador, de 39 años y padre de dos hijos, la tarea de mover con la grúa una pileta de esa envergadura sin advertirle antes de los riesgos que conllevaba la operación.El siniestro se produjo el 22 de agosto de 1991. Ese día, el trabajor "recibió el encargo de sus superiores", según la sentencia, de trasladar la citada pileta de lugar. El operario se sirvió de la grúa, pero tuvo que ponerse debajo de la carga debido a que el "cable de la botonera", desde el que se maneja la grúa, "era muy corto y no le permitía retirarse de la vertical de la carga". Cuando el trabajador efectuaba la operación, el gancho de la grúa que sujetaba la pileta se rompió y cayó sobre el trabajador. Hubo que amputarle el tercio medio superior de la pierna derecha, según la sentencia. Estuvo tres meses hospitalizado.
El trabajador, defendido por la abogada Begoña González Martín, demandó a la empresa ante un juzgado de Collado Villalba y reclamó 40 millones de pesetas de indemnización. Alegó que no podía trabajar y que tenía que mantener a su familia. El juez de primera instancia condenó a Forjas Villalba, SA, a 34.818.000 pesetas tras estimar que la culpa del siniestro competía a la empresa. Argumentó que ésta nunca debió encomendar a este obrero tal operación, dado que su cometido en la empresa era el de tornero.
La empresa, disconforme con la sentencia de primera instancia, apeló ante la Audiencia de Madrid. Alegó que el operario estaba cualificado para desarrollar esa labor y que no tuvo necesidad alguna de ponerse debajo de la carga, ya que podía haber alargado "el cable de la botonera". El tribunal desestima todos los alegatos de la empresa, asume como propias las conclusiones del juez de primera instancia e insiste en que Forjas de Villalba cometió una negligencia. Los jueces concluyen en su sentencia que esta empresa "no proporcionó al trabajador los medios adecuados, singularmente", explican en la sentencia, "una botonera con clable lo suficientemente largo como para no tener que permanecer bajo la vertical de la carga". El tribunal también desestima que la indemnización fijada sea excesiva, y, además, condena a la empresa a las costas.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 6 de junio de 1999