La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso presentado por el Grupo PRISA contra la autorización, por el ministro de Fomento, de la venta de Antena 3 a Telefónica en 1997. El recurso estaba basado en defectos de forma y de fondo que hacían nula la operación, a juicio del recurrente. La sala no acepta que se produjeran tales defectos ni que hubiera indefensión del demandante, puesto que no fue parte del procedimiento administrativo, además de sostener que el eventual perjudicado sería Sogecable, pero no PRISA. Señala que la Administración se limitó a comprobar que Antena 3 no vulneraba los topes legales de acciones. Y añade que es "sumamente difícil apreciar desviación de poder" en este asunto. Uno de los cuatro miembros de la sala que ha dictado esta sentencia, Margarita Robles, discrepa de la misma en un voto particular, en el que resalta la ausencia de documentación que acredite que Fomento veló para que se respetaran los topes legales de acciones y considera que hubo infracción al autorizar la operación por el ministerio.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 3 de julio de 1999