El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso del Gobierno vasco contra la decisión del Consejo de Ministros de excluir a Euskadi de un plan de ayuda al comercio minorista. Esta medida, adoptada el 11 de abril de 1997, consideraba que las comunidades autónomas con un régimen foral de financiación -País Vasco y Navarra- no tenían derecho a percibir los fondos del Plan Marco de Modernización del Comercio Interior, elaborado por el Gobierno central. El Consejo de Ministros consideró que al incluir a estas dos comunidades se hubiera incurrido en "una doble financiación". Ante esta medida, el Ejecutivo vasco alegó que un plan nacional no puede marginar a ninguna comunidad autónoma, especialmente cuando utiliza fondos de la Unión Europea. El Tribunal Supremo ha invalidado este último argumento, ya que no ha quedado demostrado el manejo de partidas europeas en este plan. En su sentencia, el alto tribunal otorga libertad al Gobierno central para fijar el ámbito de aplicación de las ayudas.
Los magistrados del Supremo argumentan que las comunidades con régimen foral retienen los fondos para el ejercicio de sus propias competencias, entre las que figura el comercio minorista.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 7 de julio de 1999