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El Tribunal Superior anula parte de la ordenanza de servicios funerarios de Bilbao

El Tribunal Superior de Justicia ha señalado en una sentencia que las empresas funerarias no tienen obligación de establecerse en Bilbao para prestar sus servicios en este municipio o para realizar traslados desde este municipio a otros, por lo que anula una parte de la Ordenanza Reguladora de la Prestación de los Servicios Funerarios del Ayuntamiento bilbaíno. El tribunal anula también la parte de la ordenanza citada en la que supedita la autorización para ejercer sus actividades en Bilbao a criterios cuantitativos de equipamiento, por entender que tal criterio del Ayuntamiento, "a la vista de la cifra de defunciones que se manejan dejaría el mercado reducido a la actividad de un número muy reducido de empresas, lo que resulta incompatible con un sector liberalizado". El Ayuntamiento aprobó en noviembre de 1996 la Ordenanza Reguladora de la Prestación de los Servicios Funerarios. Ante esta aprobación, la Asociación Funeraria de España, Funeraria Larraz, Funeraria la Auxiliadora, Funeraria Gamero y Funeraria San José (Barakaldo) presentaron un recurso contencioso-administrativo solicitando la anulación de parte de la norma.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 7 de julio de 1999