El Gobierno aprobó ayer el calendario laboral vigente para el año 2000, que incluye 13 días festivos. Entre éstos se encuentra el 20 de abril, festividad del Jueves Santo, que tendrá carácter recuperable, mientras que los otros 12 serán de carácter retribuido y no recuperable. El Ejecutivo establece como jornadas de fiesta el 1 y 6 de enero, el 20, 21 y 24 de abril (Semana Santa), el 1 de mayo (Día del Trabajo), el 25 de julio (Santiago Apóstol) y el 15 de agosto (Asunción de la Virgen). Además del 12 de octubre, 1 de noviembre, y 6, 8 y 25 de diciembre. Los delegados territoriales de Justicia, Trabajo y Seguridad Social podrán, a propuesta de los plenos de sus ayuntamientos, establecer hasta dos días de fiesta locales.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 28 de julio de 1999