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Sentencia contra una empresa por simular que negocia un convenio

El Tribunal Constitucional (TC)ha establecido que suponen vulneración del derecho a la libertad sindical "actitudes empresariales cuyo resultado final es soslayar la intervención del sindicato en la regulación colectiva de condiciones de trabajo, pese a que formalmente se abran las negociaciones". En una sentencia hecha pública ayer, el TC estima el recurso promovido por la federación del metal de CCOO contra las sentencias del Juzgado de lo Social número 6 y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y declara que se ha lesionado su derecho a la libertad sindical.

El TC falla contra "una práctica empresarial dirigida a neutralizar o desconocer las funciones del sindicato mediante una negociación que sólo aparentemente respeta la actividad propia de aquél".

En el caso analizado por el TC, la ruptura de las negociaciones, de escasa duración, se produjo tras la formulación por parte de la empresa Entretenimiento de Automóviles (EASA) de una última oferta innegociable y de forma inmediata procedió unilateralmente a realizar una revisión salarial. Ello, "sin intentar previamente ni siquiera la solución del conflicto".

* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 17 de mayo de 2000