El pasado verano España e Italia estuvieron a punto de alcanzar un acuerdo sobre las condenas en rebeldía dictadas en ese país y que suponen una característica especial del Código Procesal italiano.El espinoso asunto se abordó en encuentros mantenidos entre delegaciones de ambos Gobiernos en Siena, en febrero de 1998, y en Madrid, en enero de 1999. En las reuniones estuvo presente Margarita Mariscal de Gante, entonces ministra de Justicia. Los dos Gobiernos intercambiaron notas diplomáticas y borradores. El acuerdo se publicaría en sus respectivos boletines oficiales.
Una de las notas, enviada desde Roma a Madrid en julio de 1999, decía lo siguiente: "Se ha examinado el tema del juicio en rebeldía y convenido que este juicio no es obstáculo para acceder a la extradición en los casos en los que se haya desarrollado con la garantía de los derechos de defensa del acusado, en conformidad con las normas convencionales en la materia y con los acuerdos internacionales que amparan los derechos del hombre".
Un mes más tarde, el Tribunal Constitucional anuló la extradición a Italia del asesino Pedro Leone Echart concedida por la Audiencia Nacional. El giro del Constitucional, que cuestionó la sentencia en rebeldía que condenó a Echart en Italia, acabó con el preacuerdo.
El pasado 30 de marzo, cuando se negociaba una solución, otra sentencia del Constitucional, esta vez contraria a la extradición del capo Domenico Paviglianiti, acusado de 113 asesinatos, echó por tierra las esperanzas del Gobierno italiano. Fue un mazazo del que los jueces de Italia no han acabado de reponerse.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 4 de junio de 2000