El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de un trabajador a quien se reconoció la invalidez provisional en 1994 y a quien el Instituto Nacional de la Seguridad Social calculó la base reguladora de su pensión a partir de la fecha en la que fue declarado en situación de invalidez permanente absoluta, en 1997.En una sentencia dictada por la Sala de lo Social, el Tribunal Supremo estima que el cálculo debe hacerse a partir de la primera fecha, porque lo contrario "conduce en la mayor parte de los casos a un resultado gravemente perjudicial para los beneficiarios, sobre todo en unos supuestos en los que el retraso en el paso" de una situación a otra "suele ser imputable a la Entidad Gestora".
El cálculo de la pensión sobre el promedio de las bases de cotización en los noventa meses anteriores a noviembre de 1997 daba como resultado una cifra de 90.000 pesetas mensuales.
El trabajador, sin embargo, pretendía que la base reguladora de su pensión se calculara en función del promedio de sus bases de cotización en los noventa meses anteriores a la fecha de iniciarse la invalidez provisional, en cuyo caso el resultado era una cifra cercana a las 140.000 pesetas mensuales.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 15 de junio de 2000