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Condena por incumplir la oferta publicitaria

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha condenado a una empresa constructora a indemnizar a un comprador por no dotar a la urbanización de teléfono y piscina colectiva, como prometía en su oferta publicitaria. La compañía deberá pagar 300.000 pesetas y las seis últimas mensualidades de la vivienda que el comprador alquiló por el retraso en la entrega de su nueva residencia.-

* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 21 de agosto de 2000