Selecciona Edición
Selecciona Edición
Tamaño letra

El Supremo condena a Salud por la muerte de dos pacientes

El Tribunal Supremo ha condenado a pagar al Servicio Andaluz de Salud indemnizaciones a las familias de dos pacientes que fallecieron por una defectuosa atención sanitaria, una de ellas por un incorrecto diagnóstico y la otra por el atropello de una enferma mental que salió de un centro psiquiátrico.En una de las sentencias, el Supremo confirma la decisión del Tribunal Superior de Justicia de condenar al Servicio Andaluz a pagar 30 millones de pesetas a los herederos de una mujer que falleció en el antiguo hospital Ruiz de Alda de Granada. Los médicos creyeron que tenía un cáncer de páncreas cuando en realidad padecía una pancreatitis.

Por ello, considera que "es evidente el error de diagnóstico que dio lugar a la innecesaria extirpación de órganos vitales y sobre todo la tardía detección de las hemorragias que se estaban produciendo como consecuencia de la falta de vigilancia adecuada por la carencia de camas disponibles en la Unidad de Cuidados Intensivos", que finalmente provocaron su muerte.

La otra sentencia del Supremo condena al Servicio Andaluz de Salud a pagar cuatro millones de pesetas a los padres de una joven que murió atropellada por un tren, el 16 de julio de 1990. La joven estaba acogida en el Centro de Internamiento Psiquiátrico de la Virgen de Granada.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 7 de noviembre de 2000