El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha anulado una orden foral de la Diputación de Vizcaya que denegó la "ayuda económica destinada a mujeres en situación de emergencia social" a una vecina de Bilbao, porque incumplía la condición de "vivir sola". La solicitante se veía obligada a compartir la casa con su ex esposo y con un hijo con problemas, debido a la indigencia familiar. El Módulo de Asistencia Psicosocial de Rekaldeberri reclamó a la Diputación en mayo de 1996 la ayuda para la mujer por "no reunir condiciones para llevar una vida autónoma ni realizar una vida social y laboral normal". En el informe se alude a la violencia doméstica y a los cinco hijos de la mujer solicitante. Una funcionaria del Departamento de Asistencia Social informó de que no concurrían los requisitos para recibir la ayuda, pues lo "procedente era que se obligase al esposo a abandonar el domicilio familiar". No obstante, el tribunal entiende que la necesidad de la mujer prevalece sobre dicho requisito.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 24 de diciembre de 2000