La cuestión sobre cuáles son los empleados públicos que tienen derecho al incremento salarial automático que recoge la sentencia está en discusión. La sentencia, en el punto sexto B de sus fundamentos jurídicos, recoge que lo es para 'el personal al servicio de la Aadministración del Estado, de sus Organismos Autónomos, de la Seguridad Social y Entes Públicos representados en la mesa general de negociación' y, con las peculiaridades de su estatuto, al personal de la administración de Justicia, Correos, Sanidad y Universidades. Esto es lo que recogían, precisamente, los puntos 1 y 2 del Título I, sobre Ámbito de Aplicación, del acuerdo firmado entre la Administración y los sindicatos.
El punto 3 de ese mismo título del acuerdo señala que 'es deseo, en todo caso, que el presente acuerdo inspire los que puedan concertarse en los ámbitos de negociación de las comunidades autónomas y corporaciones locales'. Esta matización sirve de argumento a las autonomías que mantienen que no les afecta la sentencia pues no firmaron acuerdos similares al de 1994. CC OO, en cambio, argumenta que la subida automática debe aplicarse a todos los empleados públicos. Se apoyan en la ley 30/1984 sobre la Función Pública. Esa ley, en su artículo 24.2, afirma que 'la cuantía de las retribuciones básicas' deberá reflejarse 'en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y figurar en los presupuestos de las demás administraciones públicas'. CC OO dice así que esa ley obliga a que el sueldo base y sus incrementos queden fijados en los Presupuestos del Estado para todos los funcionarios y empleados públicos. Por ello, mantiene, la subida automática que fija la sentencia les ha de ser de común aplicación. UGT, sin embargo, lo está estudiando.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 26 de enero de 2001