La sentencia del TSJCV que anula la privatización de dos residencias dependientes de la Consejería de Empleo, fechada el pasado 5 de diciembre, se inspira en la misma interpretación de la fuerza de los acuerdos entre partes que sustenta la sentencia de los funcionarios, emitida por la Audiencia Nacional dos días después, y que anula la congelación de los salarios de los empleados públicos que impuso el Gobierno en 1997.
La sala de lo contencioso recuerda que el Tribunal Supremo ha establecido que 'las cláusulas contenidas en un contrato válidamente celebrado tienen fuerza de ley'; sostiene que la Generalitat y los sindicatos estaban obligados 'al cumplimiento de lo pactado y a las consecuencias que sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley'; y concluye: 'La Generalitat no podía convocar un concurso haciendo caso omiso al convenio que meses antes había suscrito con los sindicatos mientras dicho convenio estuviese vigente y al hacerlo infringió el ordenamiento jurídico'.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 2 de febrero de 2001