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Condenado un hospital por no explicar bien el riesgo de una operación

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado una sentencia singular en la que condena a la Generalitat de Cataluña a indemnizar con dos millones de pesetas a una mujer que no fue informada de manera clara del riesgo de quedar embaraza a pesar de someterse a una ligadura de trompas en el hospital Vall d'Hebron de Barcelona. Los jueces recuerdan el escaso nivel cultural de la mujer, M. A. A., empleada doméstica, su precaria economía y el hecho de que cuando quedó embarazada sin desearlo ya era madre de cinco hijos. Además, cuidaba de otros dos sobrinos desde que falleció una hermana.

La sentencia, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, admite que 'el porcentaje de fallos como el padecido por la mujer es mínimo, pero real'. Sin embargo, añade que no consta que 'le fuese facilitada una información suficiente y adecuada a su nivel y al resto de las citadas circunstancias, verbal o por escrito', que le alertase del riesgo de quedar embarazada. Por ello, la sentencia constata que el nuevo embarazo agravó su estado psíquico de ansiedad, como certificó una psicóloga en el proceso.

La sentencia se produce nueve años después de ocurrir los hechos.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 22 de mayo de 2001