La Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) ha negado la protección de la marca comunitaria a las denominaciones 'arroz a banda' y 'arròs a banda', propuestas por el Ayuntamiento de Dénia, por entender que son marcas demasiado genéricas que no gozan de ningún distintivo propio, según informó Efe.
La OAMI, institución europea responsable de la protección en el ámbito de la UE de los derechos de las marcas a los titulares de las mismas, considera que ambas denominaciones incumplen el artículo 7 de Reglamento de Marcas Comunitarias, que hace referencia al carácter distintivo y de designación. El Ayuntamiento de Dénia pidió en febrero de 1999 la salvaguarda de estas dos denominaciones dentro de la clase relativa a productos alimenticios.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Lunes, 28 de mayo de 2001