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Anulado el despido de un trabajador que se fumó un 'porro'

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha declarado improcedente el despido de un trabajador acusado de fumarse un cigarro de hachís, por considerar que se trata de una sanción desproporcionada en comparación con la infracción cometida. Según explica la sentencia, hecha pública ayer, el pasado 30 de octubre el trabajador fue sorprendido en horario laboral por el director general de la empresa mientras fumaba un cigarrillo con sustancias tóxicas en el aparcamiento de coches de la fábrica. Ese mismo día la empresa, Cartonajes La Plana, comunicó al empleado su despido por ausentarse de su puesto de trabajo sin pedir permiso al encargado del turno y, 'además', por fumar sustancias tóxicas.

El tribunal considera que, a pesar de la gravedad del comportamiento del trabajador, su falta 'no tiene la entidad suficiente para ser merecedora de la máxima sanción que prevé el ordenamiento laboral', ya que no provocó perjuicio alguno a la empresa. La sala estima que se trata de un 'hecho aislado y esporádico', que no revela ninguna 'actitud contumaz' del empleado, puesto que no consta que fuera sorprendido en más ocasiones fumando esas sustancias o con 'comportamientos extraños' que pudieran atribuirse al efecto del consumo de hachís.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 19 de junio de 2001