Un jurado popular declaró ayer 'no culpable' a J. C. S. M., procesado por causar la muerte a cuchilladas al dueño de un bar de Alicante, de 71 años, en agosto de 1999. El tribunal del jurado consideró que no existen pruebas concluyentes para condenar al procesado. De este modo, J. C. S., abandonará la prisión de Fontcalent tras permanecer un año y ocho días recluido de forma cautelar.
Seis de los nueve miembros del jurado votaron a favor del veredicto, y tres, en contra. El tribunal del jurado absolvió también a J. M., amigo del presunto homicida y procesado por el delito de encubrimiento. El ministerio público solicitaba 11 años de prisión para el principal acusado y siete meses para el segundo.
Según el relato del fiscal, el acusado apuñaló supuestamente en varias ocasiones a la víctima, en la puerta de su domicilio, por negarse a servirle una tapa. La víctima falleció tres meses después a causa de las heridas. El juicio con jurado popular comenzó el pasado martes en la Audiencia de Alicante. Durante la primera vista oral del caso, el procesado negó la autoría de los hechos. Sí reconoció que estuvo en el bar, y que discutió con la víctima porque, según declaró, se negó a servirle una tapa. Sin embargo, aseguró el procesado, que se enteró de la agresión al día siguiente. El presunto agresor fue arrestado un año después a raíz de una denuncia interpuesta por su ex compañera sentimental. En su declaración, la testigo sostuvo que en la noche de autos, el procesado le confesó que había cometido el crimen. Asimismo, según apuntó su ex compañera, J. C. S., obligó posteriormente a su amigo a arrojar la bolsa con la ropa ensangrentada a un contenedor. El segundo procesado declaró también que el acusado le reconoció que mató al regente del local de la peña del Tango, ubicado en la calle de Gasset y Artime de Alicante. La abogada de la defensa, Beatriz García, adelantó que reclamará una indemnización por los perjuicios ocasionados a su cliente más de un año de prisión. La letrada manifestó que desde el principio confió en 'el sentido común y la conciencia' del jurado. 'No había pruebas suficientes para condenarlo', prosiguió, y las declaraciones que incriminaban a su cliente 'no coincidían', concluyó.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 29 de junio de 2001