El Tribunal Constitucional permitirá a la Generalitat de Cataluña aplicar el impuesto que creó el año pasado para gravar a los grandes centros comerciales hasta que se pronuncie sobre el recurso interpuesto por el Gobierno central contra esta medida. Así lo ha decidido el alto tribunal al levantar la suspensión de la ley aprobada el año pasado por el Gobierno catalán.
El impuesto previsto por el Gobierno catalán establece que las empresas que tengan centros comerciales de más de 2.500 metros cuadrados pagarán 2.900 pesetas por metro. La Generalitat prevé recaudar este año 2.444 millones de pesetas y quiere dedicar estos fondos a modernizar el pequeño comercio.
En un auto dado a conocer ayer el Tribunal Constitucional entiende que las razones esgrimidas por el Gobierno para mantener en suspenso la ley catalana, entre ellas el perjuicio que su aplicación causaría a los empresarios, ayuntamientos, consumidores y al propio interés general, no son suficientes para prevalecer sobre la presunción de legitimidad de una norma autonómica.
El pleno del Constitucional señala que para decidir sobre el posible levantamiento de la suspensión de la ley deben ponderarse los intereses públicos y privados en juego y los perjuicios de difícil reparación que causaría una u otra medida. Añade que debe ser el Gobierno central, a quien se debe la iniciativa de suspender aplicación de la ley, quien aporte argumentos suficientes que lo justifiquen y entiende que en este caso no lo ha hecho.
La patronal de grandes superficies Anged se ha mostrado en desacuerdo con el impuesto y el Tribunal de la Competencia lo criticado. El Gobierno catalán se congratuló ayer de la decisión del Constitucional. El consejero de Economía, Francesc Homs, expresó su satisfacción y señaló su opinión de que 'la ley es constitucional'. En igual sentido lo hizo la patronal de pequeños comerciantes ABC, que preside Esteve Cantería.
El Gobierno central impugnó ley el pasado 28 de marzo e hizo uso de la prerrogativa que le concede al artículo 161.2 de la Constitución de suspender su aplicación. La Generalitat de Cataluña solicitó que se levantara la suspensión argumentando, entre otras cosas, que los afectados por la aplicación de la ley son pocos (en torno a 200 empresas) y perfectamente identificables, lo que haría más sencillo abordar la devolución de las cantidades sobradas si el Constitucional anula la norma.
Por el contrario, el abogado del Estado pedía que la ley catalana se mantuviese en suspenso porque su aplicación afectaría negativamente a los empresarios de grandes superficies porque les haría objeto de una doble imposición, ya que también pagan el impuesto de actividades económicas. La Administración central también argumentó para suprimir el impuesto que perjudicaría a los intereses generales, ya que la Generalitat haría sus presupuestos contando con esos nuevos ingresos, y si la ley fuese anulada por el TC tendría que devolver todo lo cobrado con sus intereses, causando un 'gravísimo endeudamiento' y comprometiendo la estabilidad presupuestaria.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 7 de julio de 2001