El Tribunal Constitucional permitirá a la Generalitat catalana aplicar el impuesto que creó en 2000 gravar a los grandes centros comerciales hasta que se pronuncie sobre el recurso interpuesto por el Gobierno central en su contra. Así lo ha decidido el tribunal al levantar la suspensión del impuesto.
El impuesto previsto por el Gobierno catalán establece que las empresas que tengan centros comerciales de más de 2.500 metros cuadrados pagarán 2.900 pesetas por metro. La Generalitat prevé recaudar este año 2.444 millones de pesetas y quiere dedicar estos fondos a modernizar el pequeño comercio.
En un auto publicado ayer, el Constitucional entiende que las razones esgrimidas por el Gobierno central para mantener en suspenso la ley catalana, entre ellas el perjuicio que su aplicación causaría a los empresarios, ayuntamientos, consumidores y al interés general, no son suficientes para prevalecer sobre la presunción de legitimidad de una ley autonómica.
El pleno del Constitucional señala que para decidir sobre el posible levantamiento de la suspensión de la ley deben ponderarse los intereses públicos y privados y los perjuicios de difícil reparación que causaría una u otra medida. Añade que debe ser el Gobierno central, a quien se debe la iniciativa de suspender aplicación de la ley, quien aporte argumentos suficientes que lo justifiquen y entiende que en este caso no lo ha hecho.
La patronal de grandes superficies Anged se ha mostrado en desacuerdo con el impuesto y el Tribunal de la Competencia lo criticado. El Gobierno catalán se congratuló ayer de la decisión del Constitucional. El consejero de Economía, Francesc Homs, expresó su satisfacción y señaló su opinión de que "la ley es constitucional". En igual sentido lo hizo la patronal de pequeños comercios ABC, que preside Esteve Cantería.
El Gobierno central impugnó la ley el pasado 28 de marzo e hizo uso de la prerrogativa que le concede al artículo 161.2 de la Constitución de suspender su aplicación. La Generalitat de Cataluña solicitó que se levantara la suspensión argumentando, entre otras cosas, que los afectados por la aplicación de la ley son pocos (en torno a 200 empresas) y perfectamente identificables, lo que haría más sencillo abordar la devolución de las cantidades sobradas si el Constitucional anula la norma.
Doble imposición
Por el contrario, el abogado del Estado pedía que la ley catalana se mantuviese en suspenso porque su aplicación afectaría negativamente a los empresarios de grandes superficies porque les haría objeto de una doble imposición, ya que también pagan el impuesto de actividades económicas
* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 7 de julio de 2001