A.G.P., el único acusado por la muerte de Alejo Aznar, el indigente de 33 años que murió tras ser apaleado el 24 de abril de 1999 en Getxo, no va a ser juzgado por un tribunal de jurado como estaba previsto sino por un juez de menores en fecha aún sin determinar. Así lo ha decidido la Audiencia Provincial de Vizcaya, que estima la petición de la defensa de A.G.P. de que se aplique el nuevo Código Penal, que establece en 18 años la mayoría de edad penal. El presunto homicida tenía 16 años en el momento del suceso, que ocurrió una noche de sábado en los soportales de la Parroquia San José del barrio de Romo, donde solía dormir el indigente.
El fiscal que, en el comienzo del procedimiento judicial calificó de asesinato los hechos, en sus conclusiones provisionales los rebaja a una 'falta de lesiones en concurso con un homicidio imprudente'. Sostiene que el agresor debe ser condenado a 10 meses de prisión y al pago de una indemnización de 10 millones de pesetas. La defensa entiende que los hechos constituyen una falta de lesiones con resultado de homicidio involuntario, por lo que solicita una condena de tres fines de semana de arresto domiciliario y una multa de 6.000 pesetas. La acusación considera que fue un homicidio y que la muerte de Aznar se produjo tras la paliza que le propinó A.G.P.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 13 de julio de 2001