El juez de lo Contencioso Administrativo número 3 de Málaga ha declarado nulo el cese de un profesor interino por parte de la Consejería de Educación y obliga a la Administración educativa a reponerlo en el puesto que ocupaba cuando fue cesado al finalizar el curso académico 1999-2000.
La sentencia, de la que no existe precedente, da la razón al profesor interino, entendiendo que 'la Administración genera una desnaturalización del nombramiento de funciaonario interino, al establecer una causa de cese arbitraria, que restringe aún más las características de su temporalidad, y ello para dar entrada a otros funcionarios también interinos', algo que, añade la sentencia 'no sólo es perjudicial al funcionario nombrado, sino también para el propio servicio público en que se integra'. Además, el fallo deja claro que el nombramiento de un interino será temporal hasta que la plaza se cubra por el titular o hayan desaparecido las razones de urgencia, 'hecho que no ocurría en el presente caso al permanecer vacante este puesto para el siguiente curso escolar 2000-2001'.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 19 de septiembre de 2001