Selecciona Edición
Selecciona Edición
Tamaño letra
ESCÁNDALO FINANCIERO

El Gobierno estima compatible la relación de Ramallo con Gescartera

El PSOE califica de "vergonzosa e inconcebible" la resolución de Administraciones Públicas

La Dirección General de Inspección del Ministerio de Administraciones Públicas resolvió ayer que el ex vicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) Luis Ramallo no vulneró la Ley de Incompatibilidades en su actividad como notario tras abandonar su cargo en la Comisión. El informe del Gobierno cita un documento de la Dirección General de Registros y del Notariado en el que se argumenta que "la de notario es una actividad pública y no privada". Ramallo firmó resoluciones en la CNMV sobre 12 sociedades, entre ellas Gescartera, con las que luego trabajó como notario.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores acreditó en un informe que Ramallo había tomado decisiones como vicepresidente que afectaban a 12 sociedades con las que, cuando dejó el organismo regulador y montó la notaría, trabajó intensamente.

La Ley de Incompatibilidades señala que "durante los dos años siguientes a la fecha de su cese los altos cargos no podrán realizar actividades privadas relacionadas con expedientes sobre los que hayan dictado resolución en el ejercicio de su cargo ni celebrar contratos de asistencia técnica, de servicios o similares con las administraciones públicas".

Sin embargo, la Dirección General de Inspección de Administraciones Públicas señala, en sus conclusiones enviadas a la Comisión de Investigación del Congreso sobre la posible incompatibilidad de Ramallo, que "no se aprecian evidencias que permitan inferir el incumplimiento de los preceptos de la Ley de Incompatibilidades de los altos cargos de la Administración del Estado".

El principal argumento del informe de Administraciones Públicas para exculpar a Ramallo es que la actividad de notario "se considera una actividad pública y no privada". "Como funcionario público ejerció una actividad de fedatario público que, como tal, le obliga a intervenir en aquellos documentos que le presenten los ciudadanos", dice el informe que se basa en la Ley Orgánica del Notariado de 1862.

El informe también recoge una aportación del Colegio Notarial de Madrid que recuerda una sentencia del Tribunal Supremo de 2001: "El notario no es un simple profesional del derecho. Es también una persona que ejerce funciones públicas". El informe precisa que no ha enjuiciado, "por carecer de competencias para ello", las actuaciones de Ramallo que "no se circunscriben a los preceptos de Ley de Incompatibilidades" o a "hechos nuevos".

El informe abre una cautela al preguntarse si Ramallo pudiera no haber ejercido su función notarial con "independencia e imparcialidad" dado el conocimiento que pudo tener de Gescartera cuando ocupó la Vicepresidencia de la CNMV. Señala que este análisis no corresponde a la Inspección sino al Ministerio de Justicia, que a su vez lo remite a la Comisión de Investigación y a la instrucción judicial.

El socialista Ángel Martínez Sanjuán señaló ayer que la resolución es "vergonzosa" porque "no se ha visto tamaña vulneración de la Ley de Incompatibilidades" ya que Ramallo "medió en temas de Gescartera como vicepresidente de la CNMV y como notario".

* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 17 de octubre de 2001