Selecciona Edición
Selecciona Edición
Tamaño letra
OPINIÓN DEL LECTOR

Presunción de inocencia

Con relación a las informaciones aparecidas sobre la denuncia formulada contra el decano del Colegio de Abogados de Barcelona, desde el comité ejecutivo del Grup d'Advocats Joves de dicho colegio, queremos manifestar lo siguiente: es evidente que ni el decano ni ningún otro abogado, por el hecho de serlo, merecen un trato mejor o diferencial ante acusaciones de esta índole, pero tampoco debe ser al contrario. Los periodistas deberían saber otorgar el derecho constitucional de presunción de inocencia a cualquier ciudadano objeto de denuncia, especialmente cuando se le da a la misma divulgación general.

Es tentador el hecho de creer que algo hay de cierto cuando una noticia de este tipo se publica en diversos medios sobre una persona, pero todos, especialmente los encargados de la divulgación de la noticia, han de saber vencer esa tentación y, cuando menos, considerar la hipótesis de la inocencia. Hay que suponer que quien formula una denuncia ya tendrá el suficiente cuidado y la suficiente responsabilidad de demostrar aquello que imputa, pero mientras tanto, el denunciado tiene derecho a que, como mínimo, se le respete.

Nos entristece el hecho de que una persona (tal vez por ser abogado) se compre un coche o una casa y esto se equipare a la existencia de un enriquecimiento ilícito. ¿Tenemos que asumir que con nuestro oficio sólo nos podremos comprar un coche y una casa si nos enriquecemos ilícitamente?

* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 3 de noviembre de 2001