El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Roquetas de Mar (Almería) ha decretado el archivo de la denuncia presentada por la Entidad de Conservación de la Urbanización de Aguadulce (ECUA), en marzo de 2000, contra el alcalde roquetero, Gabriel Amat (PP), en la que le acusaban de fraude, falsedad, estafa y prevaricación. El juez no reconoce legitimación al querellante, la ECUA, para ejercer la acusación particular y ha decretado el archivo 'por no presentar los denunciados indicios objetivos de criminalidad'.
El alcalde de Roquetas no quiso ayer hacer declaraciones sobre la decisión del juzgado, sobre la que cabe un recurso ante la Audiencia Provincial de Almería. Amat sólo se despachó sobre el asunto antes los medios de comunicación el día que prestó declaración ante el juez instructor, para advertir a la salida del juzgado: 'Cuando llegue el momento tomaremos las medidas. Y tengan en cuenta que no me voy a quedar quieto. Voy a pedir responsabilidades a todas aquellas personas que han difamado, que han querido quitar prestigio a una persona que desde que nació tan solamente lo que ha hecho ha sido trabajar'.
Aquel día, un 18 de julio de 2000, Amat despachó con el juez 'una por una' las acusaciones realizadas por ECUA en las que se relacionaba al alcalde con la participación en ocho sociedades con las que supuestamente realizó ventas directas de terrenos, adquisiciones fraudulentas de inmovilizado, recalificaciones de espacios libres y construcciones en zonas verdes.
'Manipulación'
En su comparecencia el primer edil no contestó 'absolutamente a ninguna' de las preguntas realizadas por el abogado de la acusación. 'Desde mi punto de vista', dijo Amat a la salida del juzgado, 'no representa a ninguna Entidad de Conservación porque dicha entidad está representada por otros señores que han llevado a cabo una manipulación política que no les va a salir bien'.
En la sentencia, firmada el pasado 2 de noviembre, el juez priva a ECUA de legitimación para el ejercicio de la acusación particular y la aparta del procedimiento incoado. Entre los razonamientos jurídicos esgrimidos el magistrado alude a las 'importantes dificultades' que existen para reconocer titularidad de derechos fundamentales 'a tales entidades'.
Sin embargo, la decisión judicial no implica el abandono de la investigación de los hechos y la propia sentencia encomienda al Ministerio Fiscal la defensa del interés público. En segundo lugar, el juez decreta el archivo provisional de las acusaciones 'por no resultar acreditados los hechos y no presentar los denunciados indicios objetivos de criminalidad'. Los miembros de la junta rectora de ECUA estudian la posibilidad de recurrir o no ante la Audiencia Provincial, extremo que desvelarán el próximo lunes.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 10 de noviembre de 2001