El BOE del día 7 de diciembre de 2001 publica una Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales cuyo enunciado dice textualmente: 'Orden de 28 de noviembre de 2001 por la que se dictan normas para la aplicación de lo dispuesto en el artículo 5.2 del Real Decreto-Ley 13/2001 de 5 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los episodios de lluvias intensas acaecidos en los meses de febrero y marzo de 2001 en la Comunidad Autónoma de Castilla y León'.
Pues menos mal que las medidas son urgentes. Si se descuidan, pronto tienen que sacar otra orden para paliar los efectos de la sequía. Y digo yo: ¿cuánto tardan en tomar las medidas cuando no son urgentes?
* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 15 de diciembre de 2001