El juzgado de lo Penal número uno de Gandia condenó la semana pasada a siete de los ocho administradores de la firma Lombard, SA, como responsables de un delito de alzamiento de bienes, a la pena de dieciocho meses de presión y una multa de mil pesetas diarias durante 14 meses. La sentencia también absuelve a uno de los acusados por considerar probado que ya no participaba de la administración de la empresa.
El fallo, contra el que cabe recurso de apelación, también contempla la inhabilitación para el ejercicio de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena. El juzgado de Gandia también confirma la sentencia dictada el 8 de mayo de 1996 por el Juzgado de lo Social número siete de Valencia en la que se condenaba a la mercantil Lombard a pagar a los trabajadores de la firma 471 millones de pesetas y casi 94 millones más en concepto de intereses.
La sentencia dictada por el juzgado de lo penal de Gandia considera probado que en junio de 1996, los administradores condenados crearon una sociedad ficticia, denominada La Paleta Sociedad Cooperativa Valenciana Limitada con un capital de 500.000 pesetas, para sustraer los beneficios de Lombard. La inspección de trabajo, a finales de ese mismo año, descubrieó que los trabajadores de La Paleta, pretaban sus servicios en Lombard y que no tenían un centro de trabajo diferenciado.
La Paleta, según se detalla en la sentencia emitida, no consumió luz ni agua durante 1996 y 1997, a pesar de precisarlos para su funcionamiento. El juzgado también considera probado que los clientes nacionales de Lombard, con un volumen de facturación superior a un millón de pesetas, pasaron a ser clientes de La Paleta.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 15 de enero de 2002