El tribunal de la sala de apoyo de la sección tercera de la Audiencia de Valencia ha condenado a David Alfredo P.A. a cuatro años de cárcel y 18.030 euros (3.000.000 de pesetas) por un delito de agresión sexual a una joven en la parte trasera de la discoteca Tabú de Xàtiva.
Los hechos ocurrieron en la madrugada del 9 de agosto de 1998. Según refleja el tribunal en la sentencia, el condenado y la víctima entablaron conversación de forma casual. Ambos estuvieron hablando y salieron de la discoteca al muelle de carga de un supermercado situado en las inmediaciones. Volvieron a las 5.00. Ambos reconocieron en el juicio que en ese tiempo se besándose en el exterior de la discoteca. Salieron de nuevo sobre las 6.00. Según el relato de la joven, que el tribunal considera ajustado a la verdad, el condenado, bajo los efectos del alcohol y el speed, y excitado por los juegos eróticos practicados anteriormente obligó a la víctima -con amenazas verbales agresión física- a mantener relaciones sexuales (penetración vaginal y bucal). En torno a las 8.00 la joven se zafó del agresor y pidió a unos amigos que la llevaron a casa para después ir al Hospital Lluís Alcañiz y presentar denuncia. El fallo contó con el voto particular de uno de los magistrados quien argumenta que el relato de la joven no es veraz y que pretendía justificar un aborto de una relación anterior.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 17 de enero de 2002