La Carta Municipal de Barcelona es una especie de constitución ciudadana, pero es también, y así lo recoge el preámbulo de la ley aprobada por el Parlament, un embrión de futuro para una Barcelona metropolitana. 'Barcelona', dice el texto, 'es el núcleo central de un continuo urbano y de un territorio que se expresa en realidades municipales plurales y con valor propio, pero que, por su carácter de conurbación, reclama coordinación, entendimiento y aplicación de criterios comunes en ámbitos diversos'.
El texto busca dotar al gobierno municipal de un conjunto de poderes hoy dispersos en diferentes ámbitos del Estado, incluida la Generalitat, de ahí las reticencias del Gobierno de CiU, traducidas en una simbólica ausencia de su presidente, Jordi Pujol, en la votación definitiva que se produjo en la Cámara catalana.
- Capitalidad. La Carta define a Barcelona como la 'capital de Cataluña', dotada de una bandera y escudos propios surgidos de la tradición.
- Proyección internacional. Tan pronto como en el artículo 2, la Carta establece la voluntad de la ciudad de ser 'sede de organismos dependientes de otros niveles de administración y de instituciones europeas e internacionales'.
- Residentes. El artículo 10 establece los derechos de los residentes, incluidos los extranjeros, a participar en las elecciones municipales e impone al gobierno municipal la obligatoriedad de promover la ampliación de estos derechos a las personas empadronadas en el municipio, además de reconocerles el derecho a voto en referendos y consultas ciudadanas promovidas por el Ayuntamiento.
- Servicios sociales. La Carta busca ampliar las competencias del gobierno municipal en materias que afectan directamente al ciudadano. A este fin, se crean consorcios para actuar coordinadamente con otras administraciones que comparten competencias en estos ámbitos. Especialmente significativos son los referentes a sanidad, educación, vivienda y urbanismo.
- Zonas turísticas. La ciudad deja de ser un todo a efectos de ser considerada zona turística. Esto repercute en la posibilidad de que aquellas áreas más visitadas por extranjeros puedan ofrecer servicios más amplios en festivos. La declaración de zona turística pasa a depender del Ayuntamiento.
- Tráfico. El alcalde aumenta notablemente sus competencias y puede incluso ordenar la retirada del carnet de conducir por infracciones graves en vías urbanas. Asimismo, se amplían las competencias denunciadoras de los vigilantes de la zona azul.
- Seguridad. La Carta pretende otorgar a la Guardia Urbana funciones de policía judicial y situar las fuerzas del orden bajo el mando del alcalde, que asumirá también la presidencia de la Junta de Seguridad.
- Justicia. El proyecto establece justicia municipal para asuntos menores, de forma que se aligere la actividad de los juzgados.
- Financiación. El Ayuntamiento tendría una participación en los impuestos indirectos, en especial el de hidrocarburos (10% del mismo) y el IVA (5%).
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 8 de febrero de 2002