La Comunidad de Pescadores de El Palmar sigue teniendo pendiente la reforma de las normas de ingreso a la sociedad. Así se lo ha comunicado a través de un auto el tribunal de la sección octava de la Audiencia de Valencia desestimando el recurso que presentaron contra la obligatoriedad de cumplir con todos los términos de la sentencia en la que también se recogió inexcusable la admisión de las cinco mujeres que con las han mantenido un litigio desde hace más de siete años.
El auto notificado el miércoles considera en el apartado de fundamentos jurídicos que el recurso presentado en nombre de la Comunidad de Pescadores 'pretende, como reiteradamente ha mostrado a lo largo del procedimiento, en sus distintos recursos y múltiples incidencias, nuevamente, argumentar lo que carece de todo apoyo y se resume en la frase que gráficamente indica el juzgador de Primera Instancia: no puede pretender que en ejecución de una sentencia se considere que ya con anterioridad a la resolución objeto de este procedimiento y de los siguientes que la confirmaron, había sido cumplida en dicho pronunciamiento'.
La sala ha decidido desestimar el recurso porque 'la parte demandante confunde interesadamente los límites entre norma consuetudinaria (no escrita pero que se viene aplicando históricamente y aquellas que pudieran adoptarse con proyección de futuro, que no son a las que se refiere la resolución'.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Viernes, 22 de febrero de 2002