El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado a través de una sentencia 'el carácter exclusivo y excluyente' de sendas concesiones otorgadas por el Gobierno de CiU a dos firmas del sector mediomabiental -Entidad Colaboradora de la Administración (ECA) e Icict- que realizan mediciones de control atmósferico en empresas. Tras un decreto de Medio Ambiente, las dos compañías actúan como colaboradoras exclusivas de la Administración catalana en materia de mediciones medioambientales en grandes empresas industriales y energéticas.Las dos empresas obtuvieron en 1986 una concesión vigente hasta 2006. ECA e Icict son las únicas autorizadas para realizar mediciones ambientales en las grandes empresas cuando una sociedad debe acreditar que cumple los requisitos que exige la normativa catalana.
La Asociación Catalana de Ingenierías y Consultorías Medioambientales presentó hace dos años el recurso ante el TSJC. La patronal, que agrupa a 40 firmas, recurrió la decisión al considerar que se vulneraba 'el derecho a la libertad de empresa y a la libre competencia', posición que ahora avala la sentencia del TSJC.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 24 de febrero de 2002