El Gobierno aprobó ayer el proyecto de Ley de Prevención y Bloqueo de la Financiación del Terrorismo, que permite el bloqueo o embargo preventivo de las cuentas y activos financieros de personas o entidades vinculadas a grupos u organizaciones terroristas. El bloqueo podrá hacerse sin orden judicial por un periodo máximo de seis meses, plazo que sólo podrá prolongarse con autorización judicial. Las entidades que no cumplan la orden de bloqueo serán sancionadas por el ministro del Interior.
El vicepresidente primero y titular de Interior, Mariano Rajoy, explicó ayer en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que los acuerdos de bloqueo serán adoptados por la llamada Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo, en el que estarán representados los Ministerios del Interior, Justicia y Economía y la Fiscalía General del Estado.
El Gobierno ha incluido no menos de ocho de las observaciones al proyecto hechas por el Consejo General del Poder Judicial. Para que la ley pueda ser efectiva es necesario reformar la ley del Poder Judicial y la de Jurisdicción Contencisoso Administrativa, para que la resolución de posibles recursos a los bloqueos impuestos corresponda a la Sala de lo Contencioso Adminsitrativo de la Audiencia Nacional.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Sábado, 2 de marzo de 2002