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El Constitucional anula la norma vasca que exige ceder a los ayuntamientos plusvalías urbanas

El Tribunal Constitucional ha anulado una norma de la ley del Parlamento vasco de 20 de abril de 1998, que impone a los propietarios de suelo urbano consolidado por la urbanización la cesión gratuita al Ayuntamiento del 10% del aprovechamiento urbanístico lucrativo y, en el supuesto de obras de rehabilitación, el mismo porcentaje del aprovechamiento urbanístico.

La sentencia, de la que ha sido ponente Elisa Pérez Vera, resuelve el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el presidente del Gobierno central contra la mencionada norma vasca, y declara inconstitucional dicha cesión de plusvalías, por contradecir la legislación estatal en la materia, que sólo admite esas cesiones cuando se trata de suelo urbano no consolidado.

En cambio, según razona el Tribunal Constitucional, el precepto impugnado quiebra en el territorio del País Vasco el 'régimen uniforme en el disfrute de la propiedad urbana', establecido por la ley estatal de 1998 sobre Régimen del Suelo y Valoraciones, al amparo del artículo 149.1.1ª de la Constitución, que atribuye al Estado 'la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles...'.

La anulación del precepto vasco sólo tendrá efectos desde que se publique la sentencia en el Boletín Oficial del Estado, para preservar el principio de seguridad jurídica y no obligar a los ayuntamientos vascos a devolver las plusvalías percibidas.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Martes, 5 de marzo de 2002