Los alumnos que cometan faltas graves podrán ser expulsados de los centros entre tres días y definitivamente sin necesidad de que previamente se les instruya un expediente. Así se recoge en el borrador de decreto de convivencia que la Consejería de Educación remitió ayer al Consejo Escolar. El documento introduce por primera vez un procedimiento abreviado por el que los centros pueden aplicar las sanciones para las faltas más graves (injurias, agresiones físicas o morales, falsificación o robo de documentos académicos, etcétera) sin necesidad de incoar expediente, un trámite que dura un mes desde que se inicia. La única condición: que haya acuerdo con el estudiante o sus representantes legales.
Hasta ahora, y según el real decreto de 1995 que regula la convivencia en los centros, únicamente las faltas leves podían sancionarse (desde una amonestación por escrito a una expulsión máxima de tres días) sin incoar expediente al alumno. Además, el decreto autonómico recoge que el centro sólo puede acordar la expulsión definitiva cuando esté claro que va a ser beneficioso para el alumno y no que se va a trasladar el problema a otro centro.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 13 de marzo de 2002