La Consejería de Bienestar Social ha cambiado de política con respecto a los recursos judiciales que emprendía para oponerse a que integrantes de comunidades religiosas cobrasen pensiones de jubilación no contributivas. Bienestar Social, tras realizar consultas con el Imserso, dejó de considerar a los conventos o comunidades religiosas como 'unidades económicas de convivencia', criterio que seguía antes.
La nueva norma al respecto aconseja, si se cumplen los requisitos del reclamante, aceptar su derecho a percibir esta pensión y no pleitear en los tribunales por tales asuntos, según la dirección territorial en Alicante de Bienestar Social.
Algunas monjas de clausura del monasterio de la Santa Faz de Alicante, así como otras hermanas de Orihuela, vieron fechas atrás cómo Bienestar Social denegaba sus solicitudes con las que pretendían cobrar estas ayudas mensuales. Estas denegaciones abrieron el camino para que las religiosas emprendieran la vía judicial para reclamar estas cantidades, que oscilan en torno a los 240 euros al mes. Algunos de estos pleitos siguen su curso a pesar de que el Consell, en la vía administrativa, haya reconocido el derecho de estos solicitantes y esté pagando ya las pensiones.
* Este artículo apareció en la edición impresa del Jueves, 11 de abril de 2002