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Seguros con intereses reducidos

Haber abonado en 2001 las primas de un seguro de vida no supone tener ninguna ventaja fiscal. Pero si lo que se ha hecho es cobrar (rescatar) un seguro, la situación cambia. Si estos seguros tenían una antigüedad superior a dos años y sus rendimientos se percibieron en 2001 en forma de capital (en un único pago), tales ganancias se incluyen en la declaración por el 70% de su cuantía total.

Si la antigüedad de estos productos es superior a cinco años, sólo se debe incluir el 35% del importe de los resultados obtenidos, mientras que si su plazo supera los ocho años, sólo se tiene en cuenta el 25% de los mismos.

Los intereses de una cuenta corriente, de un depósito a plazo fijo, de un título de renta fija pública o privada son rendimientos de capital. Si se cobraron durante el ejercicio 2001 en plazos inferiores al año se incluyen como una renta más en la declaración y se pagan impuesto sobre ellos de entre el 18% y el 48%. Si los intereses cobrados en 2001 se habían generado en un plazo bianual (pasaron dos años sin percibir renta alguna), no se incluyen por el 100% de su importe, sino por el 70%.

* Este artículo apareció en la edición impresa del Domingo, 28 de abril de 2002