Francisco Hernando, presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Tribunal Supremo, dispone de cuatro informes -dos a favor y dos en contra- sobre el eventual reingreso en la carrera judicial del ex juez prevaricador Javier Gómez de Liaño, del que se discutirá el 8 de mayo en el pleno del Consejo General del Poder Judicial.
Un primer informe, encargado por Hernando al director del Gabinete Técnico del Consejo, Fernando Román García, concluye que Liaño, condenado por dictar resoluciones injustas a sabiendas, debe ser reintegrado a la Judicatura con efectos desde la fecha del indulto que le concedió el Gobierno, el 21 de diciembre de 2000. Anteriores dictámenes de letrados del CGPJ estimaron necesario que transcurrieran los cinco años exigidos para cancelar sus antecedentes penales.
Tras conocerse el informe de Román García trascendió la existencia de otros dos informes anteriores, contrarios al reingreso inmediato de Liaño, elaborados por Emilio Fernández de Castro, jefe del Gabinete Técnico del Consejo hasta el 6 de marzo pasado, y por Gerardo Martínez Tristán, jefe de la Sección de Magistrados del CGPJ. Y ayer, al recibir al fin los miembros del Consejo toda la documentación del caso, aparecía un cuarto informe, encargado por Hernando al jefe del Gabinete del Presidente, Eduardo Ortega.
Este último informe, fechado el 12 de marzo, es también favorable al reingreso de Liaño sin necesidad de cancelar sus antecedentes penales, lo que viene a suponer un empate entre los dos letrados favorables al reingreso y otros dos opuestos al mismo. Según la vocal Montserrat Comas, es la primera vez en la historia del Consejo que se encarga un informe técnico a un jefe del Gabinete del Presidente.
El informe de Ortega asegura que exigir a Liaño la cancelación de sus antecedentes penales supondría "erigir un sistema de control difuso a una prerrogativa Real".
Los vocales de la minoría se preguntaban ayer por qué no se les entregó en primer lugar este informe del jefe del Gabinete del Presidente, anterior en un mes al realizado por Román García. "Sobran informes. A los vocales sólo nos vincula la ley y las resoluciones de los tribunales", dijo Comas a este diario. En su criterio, el CGPJ no debe resolver antes de oír el Tribunal Supremo, dado que la sentencia del Tribunal de Conflictos no anuló el auto del Supremo, que en la aplicación del indulto al ex juez declaró la pérdida definitiva de su cargo. La vocal del CGPJ insistió: "Nadie puede ejercer de juez en España con antecedentes penales. Lo prohíbe el Estatuto del Juez".
* Este artículo apareció en la edición impresa del Miércoles, 1 de mayo de 2002